Perandones, el gran maestro de la manipulaciĆ³n, quiere impedir el acceso a documentos
El dĆa 18 de enero, mediante Decreto de la alcaldĆa, se convoca Pleno Extraordinario del Ayuntamiento de Astorga, para dar cumplimiento segĆŗn establece la normativa legal, a la peticiĆ³n de Pleno Extraordinario formulado por los Grupos Municipales del Partido Popular y de la UniĆ³n del Pueblo LeonĆ©s, al objeto de votar la reprobaciĆ³n del Sr. Alcalde y de la Sr. Concejala de Cultura, convocĆ”ndose a los Corporativos para el dĆa 21 de enero a las 19:15 horas.
El Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre que aprueba el Reglamento de OrganizaciĆ³n y Funcionamiento de las Entidades Locales en su artĆculo 84, es muy claro cuando establece que: ātoda la documentaciĆ³n de los asuntos incluidos en el orden del dĆa, que deban servir de base al debate y, en su caso, votaciĆ³n, deberĆ”n estar a disposiciĆ³n de los miembros de la CorporaciĆ³n desde el mismo dĆa de la convocatoria en la SecretarĆa de la mismaā.
Pues bien, ejerciendo este derecho de los miembros de la CorporaciĆ³n, desde el PP se procede al examen de la documentaciĆ³n que conformaba los diferentes expedientes precisos para el debate y votaciĆ³n de los puntos incluidos en el Orden del dĆa.
Ya en este primer momento, se advierte que varios de ellos estĆ”n incompletos en mayor o menor medida, el dĆa 19 mediante email enviado por parte del Portavoz del PP, se procede a poner en conocimiento del Sr. Secretario General del Ayuntamiento tales extremos, ya que este funcionario es el encargado de la composiciĆ³n de los expedientes y de su custodia.
Mediante otro email del miĆ©rcoles 20 de enero, se vuelve a comunicar al Sr. Secretario, que a nuestro juicio los expedientes siguen sin contar con toda la documentaciĆ³n. Son varios los documentos que no aparecen.
Hoy a primera hora de la maƱana y como ultimo recuso al seguir apreciando que se nos estaba hurtando el acceso a toda la documentaciĆ³n, los portavoces de PP y UPL, presentan escrito dirigido el Sr. Alcalde de la CorporaciĆ³n, advirtiĆ©ndole de las obligaciones legales a cumplir y los ilĆcitos en que se incurrirĆa si se procediera a la celebraciĆ³n de la SesiĆ³n prevista para hoy a las 19:15 horas, sin que los expedientes estuvieran completos en su totalidad. Y solicitando, en cumplimiento de lo establecido en la legalidad vigente, la suspensiĆ³n de la celebraciĆ³n del Pleno ante el incumplimiento de las condiciones precisas para la celebraciĆ³n del mismo.
Hoy mediante Decreto de la alcaldĆa, que reza asĆ: āvisto el escrito presentado por los portavoces de PP y UPL solicitando la suspensiĆ³n de la celebraciĆ³n del Pleno y vista la informaciĆ³n recibida del Secretario del Ayuntamientoā, el Sr. Alcalde tuvo a bien anular la celebraciĆ³n del Pleno Extraordinario.
DespuĆ©s de pasados unos minutos desde la firma de este Decreto por el Sr. Alonso Perandones, ya diferentes medios locales se hicieron eco de otra mĆ”s de las epĆstolas a las que Ćŗltimamente nos tiene acostumbrados , en las que herido de orgullo viene a decir que suspende el pleno dando cumplimiento a la peticiĆ³n de dos concejales dejando entrever que ha sido una renuncia voluntaria a la celebraciĆ³n del mismo, pero sibilinamente que es como tiene costumbre actuar, coarta a la opiniĆ³n pĆŗblica la verdad, ocultando el motivo real por el que se solicita la suspensiĆ³n, el que Usted, el que se tiene por Alcalde de Astorga hasta cuando pasea por ella en su ciclomotor sin casco, impide a la oposiciĆ³n tener acceso a la documentaciĆ³n que Usted no quiere que veamos.
Un servidor pĆŗblico o una autoridad sabe que dictar una resoluciĆ³n arbitraria en un asunto administrativo a sabiendas de que dicha resoluciĆ³n es injusta y contraria a la ley es prevaricaciĆ³n. El bien jurĆdico que el tipo penal protege es el recto y normal funcionamiento de la administraciĆ³n pĆŗblica para que sirva con objetividad a los intereses generales, rigiendo su actividad con pleno sometimiento a la ley y el derecho. A partir de ahĆ es el SeƱor Alcalde de Astorga, el que toma la decisiĆ³n de anular el Pleno, suponemos que por entender que a nuestras razones a parte de ciertas, les asiste la ley, no asĆ a sus mentiras.
Los dos partidos polĆticos que representamos a mĆ”s ciudadanos que el Equipo de Gobierno, lo que nunca vamos a permitir es que se vulneren los derechos fundamentales de esos ciudadanos a los que representamos y por muchas mentiras que el alcalde quiere hacer creer a la opiniĆ³n pĆŗblica, la verdad siempre sale a relucir.
La mentira tiene las patas muy cortas y Usted ha vuelto a quedar en evidencia como ya lo hizo el pasado noviembre, cuando solicitamos por primera vez el Pleno Extraordinario y al que decidimos no acudir por entender una tomadura de pelo su celebraciĆ³n en pleno Estado de Alarma, a su finalizaciĆ³n, argumentĆ³ Usted pĆŗblicamente, que esos asuntos no se volverĆan a tratar en el salĆ³n de sesiones. La realidad es tozuda y el derecho nos asiste, y Usted ha tenido que volver a convocar otro Pleno Extraordinario con los mismos puntos que el anterior.
Por lo tanto ha quedado demostrado que el alcalde engaĆ±Ć³ a todos los ciudadanos al decir que esos mismos puntos del orden del dĆa no se volverĆan a debatir en el salĆ³n de sesiones.
Pero esta vez, el alcalde ha cambiado de tĆ”ctica, esta vez su treta es hurtar nuestros derechos bĆ”sicos como Corporativos, quiere impedir que tengamos acceso a documentos que lo dejen en evidencia y es por ello por lo que no nos han dado parte de la documentaciĆ³n requerida y que sabemos que estaba en el ayuntamiento. La ResoluciĆ³n del Procurador del ComĆŗn enviada al ayuntamiento el 2 de diciembre del 2020, por la queja presentada por la AsociaciĆ³n Cultural Sartaina; otro documento que no se nos aportĆ³ es la relaciĆ³n de asociaciones que ocupan espacios municipales. Parte de los convenios que hay firmados con diferentes asociaciones o colectivos. Se pidiĆ³ un informe sobre la legalidad en la que se encuentran las diferentes asociaciones que ocupan los locales municipales y tampoco se nos dio.
Se nos oculta el justificante de pago de la sanciĆ³n al Sr. Alcalde de Astorga, por circular sin casco en un ciclomotor por la ciudad, ni la comunicaciĆ³n a la DirecciĆ³n General de TrĆ”fico por parte del Ayuntamiento de Astorga, comunicando la pĆ©rdida de tres puntos.
Por Ćŗltimo, tampoco se ha puesto a nuestra disposiciĆ³n los diferentes autorizaciones emitidas por la ComisiĆ³n Territorial de Patrimonio de la Junta de Castilla y LeĆ³n para la colocaciĆ³n de diferentes monumentos en la ciudad.
Por Ćŗltimo aƱadir, que Astorga estĆ” por encima de este personaje que gracias a los votos de Izquierda Unida es hoy su Alcalde, que con la misma naturalidad que miente, se pasea en moto sin casco o emite bandos llamando al incumplimiento de ordenes autonĆ³micas.