Énesima metedura de pata del gobierno PSOE-IU: anulan la convocatoria de una plaza de oficial de la Policía Local por graves errores

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Desde el grupo político del PP, nos ha llamado la atención un anuncio publicado en la web del Ayuntamiento de Astorga, el día 10 de febrero del año en curso, anulando la convocatoria para la provisión de una plaza de Oficial de la Policía Local.

Lo primero que observamos, es que después de casi un año que ha pasado desde que se publicó dicha oposición, no se había avanzado en la misma, únicamente se había realizado la publicación del listado de admitidos y excluidos provisionales, en la que según la publicación de la misma sólo se habían presentado tres candidatos.

Así mismo, y por parte de nuestros compañeros concejales, se ha procedido a analizar el motivo de su suspensión, que no es otro que un error en las mismas, y el cual fue puesto en evidencia por uno de los candidatos, así mismo y como se refleja, las bases de la convocatoria ya fueron en su día modificadas por errores en las mismas, habiendo tenido que ser publicadas dos veces en los diferentes boletines (lo cual conlleva un gasto para las arcas del Ayuntamiento).

Es llamativo que puedan existir errores en las bases de las oposiciones de Policía Local, ya que casi en su totalidad suelen estar regladas por la Junta de Castilla y León, aunque si es cierto que los Ayuntamientos suelen tener un pequeño margen para modificarlas a las necesidades del propio Ayuntamiento.

Viendo lo anteriormente expuesto, y comprobadas las bases que regían la convocatoria, hemos visto que las mismas no tenían nada que ver con las que actualmente todos los Ayuntamientos se están basando, que no es nada más y nada menos que las bases para acceso a la Policía Local, encontrando una gran diferencia en los puntos siguientes:

  • En la fase de concurso, los méritos que son evaluables, así como su baremación, no tienen coherencia con el puesto de trabajo que se va a desarrollar, como tampoco lo tienen con los méritos propuestos por la Junta. En dichos méritos no se tienen en cuenta ni titulaciones académicas superiores (creemos que la formación académica es bastante importante para un futuro mando de la policía), tampoco se tienen en cuenta titulaciones en defensa personal y artes marciales (se recuerda que un oficial sigue realizando sus funciones en la calle), no se tiene en cuenta titulaciones relacionadas con primeros auxilios, idiomas, servicios de protección civil.

Llama la atención, que en el punto que debería reflejar los servicios prestados a las administraciones públicas, únicamente se valore la antigüedad en el Ayuntamiento de Astorga, impidiendo que otro funcionario que hubiere venido de otra policía Local o de otra administración puedan puntuar en igualdad de condiciones, sobre todo observando el gran peso que se le da a este punto, se recuerda que son 5 puntos de los 12 que como máximo se puede alcanzar.

En la parte referente a felicitaciones y recompensas, no se menciona la analogía que puede representar una felicitación otorgada por el Alcalde del Ayuntamiento de Astorga, con la otorgada por otro Alcalde u otra Administración, así como las medallas.

Se menciona como mérito el pertenecer a diferente categoría en el mismo grupo, requisito totalmente innecesario ya que todo aquel candidato que se presenta a la plaza convocada lo posee, por lo que el mismo no va a diferenciar.

El siguiente mérito alegable “pertenecer al grupo inmediatamente inferior”, a juicio de estos concejales no tiene ni siquiera sentido, un agente no puede pertenecer a un grupo inferior que un oficial de policía local.

Por lo que se puede observar y viendo todos los méritos alegables, únicamente se basan los méritos en la antigüedad. 

  • Si son llamativos los errores en la fase de concurso, no es menos en la fase de oposición, la cual se compone de pruebas de conocimientos y pruebas físicas.
  • Pruebas teóricas: Dicha fase se corresponde de un examen teórico en el que se tienen que desarrollar dos temas de los propuestos por el tribunal, elegidos al azar. Como se puede comprender, la forma de evaluación es totalmente subjetiva, algo que cualquier oposición quiere evitar.
  • Pruebas físicas: Como se ha mencionado con anterioridad, dichas pruebas vienen recogidas por la Junta de Castilla y León, tanto el tipo de pruebas, como los tiempos baremados. Las pruebas físicas recogidas en las bases publicadas por el Ayuntamiento de Astorga, no tienen ningún tipo de criterio científico sobre la capacidad física de los candidatos, poniendo el ejemplo del baremo de hasta 33 años, en hombres (que es el más exigente):
  • Salto de longitud: Baremo exigido por la Junta para el acceso a la policía es de 230 centímetros, siendo el solicitado en las bases de 200 centímetros.
  • Prueba de velocidad (60 metros): Baremo exigido por la Junta para el acceso a la policía es de 8,6 segundos, siendo el solicitado en las bases de 10,60 segundos.
  • Prueba de resistencia muscular (1000m): Baremo exigido por la Junta para el acceso a la policía es de 4,25 minutos, siendo el solicitado en las bases de 3,30 minutos.

Entendemos que nuestros agentes no tengan que ser atletas profesionales, pero al menos exigir un mínimo de condición física.

Dado que en el anuncio de suspensión del proceso se refiere a una nueva publicación de las bases para realizar una nueva convocatoria, esperamos que todo lo anterior se subsane, a fin de que no existan más reclamaciones y que el nuevo proceso sea más coherente con las bases que actualmente se están rigiendo por los diferentes Ayuntamientos de Castilla y León, y no sea un “copia y pega” de las bases de otro Ayuntamiento del año 2013.

El Artículo 78 del Estatuto del Empleado público establece que los puestos de trabajo en la administración se proveerán mediante procedimientos basados en los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

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