El Ayuntamiento de Astorga afrontara reformas esta legislatura en edificios de su propiedad para sustituir elementos de amianto

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El Ayuntamiento de Astorga afrontara reformas esta legislatura en edificios de su propiedad para sustituir elementos de amianto

Edificaciones propiedad del Ayuntamiento de Astorga, como por ejemplo «la harinera», en los próximos cuatro años de esta legislatura tendrán actuaciones de reforma y sustitución que incluyen la retirada de las cubiertas que cuentan con elementos de amianto, según el cumplimiento de la normativas vigente.

El consistorio indica que el presupuesto que se debe destinar a este fin es considerable pero necesario.

Con ello quiere dar respuesta al Procurador del Común que remitió escrito al Ayuntamiento el 25 de agosto indicando este situación:

Asunto: Ley 712022 de Residuos y Suelos Contaminados / Inventario de instalaciones con amianto / Calendario de retirada.

La disposición adicional decimocuarta de la Ley 7/2022, de Residuos y Suelos Contaminados para una economía circular, establece que en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la ley, los ayuntamientos deben elaborar un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto y un calendario que planifique su retirada. Añade que, en la retirada, se deben priorizar las instalaciones y emplazamientos según su grado de peligrosidad y exposición a la población más vulnerable. En todo caso, señala la norma que las instalaciones o emplazamientos de carácter público, con mayor riesgo, deberán estar gestionados antes de 2028.

En esta línea, dado el interés que presenta la cuestión y el compromiso temporal para la elaboración del censo de instalaciones con amianto que se fija en la disposición adicional decimocuarta de la Ley de residuos (que se ha cumplido el pasado 10 de abril de 2023),

Indique si se ha cumplido, en su localidad, con el plazo previsto en la disposición adicional decimocuarta de la ley de residuos para la elaboración del inventario de las instalaciones que contienen amianto remitiendo copia del inventario elaborado. Informe, en caso contrario, sobre las previsiones temporales que manejan al respecto.

Esta Institución le solicitó que informara por escrito sobre la cuestión objeto de la presente Actuación de Oficio en el plazo de un mes, en aplicación del artículo 13 de la Ley 2/1994, de 9 de marzo, del Procurador del Común de Castilla y León. Dicha comunicación se realizó en fecha (13/04/2023).

Transcurrido ese plazo sin haber recibido respuesta, se reiteró esa solicitud en fecha (13/06/12023), sin que, hasta el momento, se haya obtenido la información requerida en el plazo de 15 días hábiles otorgado para ello.

Resulta acreditado que esa Administración está incumpliendo la obligación de auxiliar, con carácter preferente y urgente, al Procurador del Común en sus investigaciones, tal y como ordena expresamente el artículo 3 de la mencionada Ley y, por ello, está dificultando la labor encomendada a esta Institución por el artículo 18 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León.

Como consecuencia de esa falta de colaboración, se va a proceder a la inclusión de ese Ayuntamiento en el Registro de Administraciones y Entidades no colaboradoras, creado por Resolución de 5 de marzo de 2010 (BOCYL de 8 de junio de 2010) y, en su momento, se hará constar la falta de colaboración en el Informe Anual a las Cortes de castilla y León.

Desde la alcaldía, se ha dado respuesta a la demanda del Procurador, trasmitiendo las órdenes oportunas a la Oficina Técnica y a la empresa concesionaria de aguas, para que se comiencen los trabajos de elaboración del inventario de instalaciones y emplazamientos de manera inmediata.

«Las formas de trabajar de corporaciones anteriores, no van en consonancia con las actuales, esta alcaldía no entiende como se puede hacer caso omiso a requerimientos realizados desde instituciones como el Procurador del Común, hecho por otra parte no sorprende ya que era habitual por parte de la anterior corporación socialista», indican desde el Ayuntamiento..

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